Desde la Res. MTESS 1106/2026, el administrador del contrato coteja la documentación laboral y de seguridad social que presentás con cada solicitud de pago. Descargá nuestra checklist mensual para hacer el mismo control cruzado primero.
La resolución aprueba una guía para que el control no sea meramente formal: el administrador debe cruzar la marcación, el FIP, el FIS, los registros del IPS, los recibos de salario y las acreditaciones bancarias para verificar que coincidan las personas que trabajan, las declaradas y las inscriptas, y lo pagado con lo declarado (arts. 3 y 4 y Anexo I).
Planilla de marcación de entrada y salida
Todos los trabajadores afectados al contrato, jornadas, horas extraordinarias y descansos.
Formulario de Identificación del Personal (FIP)
Cantidad suficiente para el PBC y altas, bajas y sustituciones declaradas en el IPS.
Declaración Jurada de Salarios del IPS
Trabajadores declarados y remuneraciones que coinciden con lo efectivamente pagado.
Extractos de acreditación bancaria
Importe acreditado igual al total de remuneraciones menos el aporte obrero, sin descuentos indebidos.
Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS)
Mismas personas que el FIP y remuneraciones que coinciden con el extracto y el IPS.
Certificado Laboral del MTESS y constancia del IPS
Vigentes, a nombre del proveedor y sin reemplazar el control cruzado.
Punto 7: aporte descontado y no ingresado al IPS
Si de los recibos y las declaraciones del IPS surge que se descontó el aporte obrero sin evidencia de su ingreso, el administrador documenta el caso y, si el proveedor no desvirtúa los indicios con comprobantes de ingreso, remite un informe al MTESS, sin perjuicio de las medidas contractuales. La checklist incluye un control específico para detectarlo antes.
Ficha técnica
¿Querés una revisión previa al cobro?
Revisamos la carpeta que vas a presentar con los mismos cruces que usa el administrador y te señalamos qué regularizar.
Solicitar una revisión documentalSubcontratistas
Cuando la subcontratación está autorizada, las verificaciones alcanzan a los subcontratistas y a su personal: el administrador puede requerir al subcontratista su Declaración Jurada de Salarios del IPS (Anexo I, puntos 2 y IV).
Para la resolución son indicios o elementos de verificación, no una determinación definitiva de responsabilidad (art. 6). Pero frente a ellos el administrador debe requerir la regularización y dejar constancia (art. 7).