Insalubridad 2.0: Resolución MTESS 904/2025 y el nuevo manual de fiscalización
La Resolución MTESS Nº 904/2025 moderniza los procedimientos de declaración de insalubridad y peligrosidad. Analizamos los disparadores de inspección, el nuevo registro nacional y cómo preparar a su empresa.
Especialistas en Derecho Laboral y Corporativo
Insalubridad 2.0: análisis de la Resolución MTESS 904/2025 y su impacto empresarial
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) ha redefinido las reglas del juego en materia de salud y seguridad ocupacional. La reciente Resolución MTESS Nº 904/2025 aprueba el nuevo Manual de Procedimiento para la Declaración de Insalubridad o Peligrosidad en los Centros de Trabajo.
Este no es un cambio meramente burocrático; es una modernización que introduce procedimientos más estrictos, fiscalización basada en datos y nuevas consecuencias legales que toda empresa en Paraguay debe conocer.
Para nuestro público objetivo —corporaciones, departamentos de RR. HH. y startups tecnológicas— comprender esta norma es vital. Ignorarla puede derivar en la consecuencia más costosa: la obligación de aplicar la jornada reducida de 6 horas diarias, pagadas como 8, además de sanciones administrativas y un nuevo registro público de infractores.
En Avanzia Legal analizamos las claves de esta resolución y su aplicación práctica.
El objetivo: modernizar y estandarizar la fiscalización
La intención de la Resolución 904/2025 es clara: adecuar, actualizar y modernizar los procedimientos administrativos. Se busca estandarizar las inspecciones, reducir la discrecionalidad y crear un sistema transparente y eficiente, alineado con normativas internacionales como el Convenio OIT Nº 81.
Dos conceptos son centrales:
- Insalubridad: exposición a agentes físicos, químicos o biológicos que pueden afectar la salud (enfermedad profesional).
- Peligrosidad: exposición a condiciones que pueden causar accidentes graves o fatales (riesgo a la integridad física).
Los tres disparadores de una inspección: el nuevo riesgo “de oficio”
El manual detalla tres formas en que puede iniciarse un procedimiento de declaración. Es crucial que los departamentos de RR. HH. y los directivos comprendan la tercera.
- A petición de parte interesada: trabajador, sindicato, empleador o institución pública.
- Por requerimiento fiscal o judicial: cuando la solicitud proviene de un juez o fiscal.
- De oficio (el gran cambio): el MTESS puede iniciar una inspección por iniciativa propia.
Este último punto es el más disruptivo. El Ministerio ahora puede actuar basándose en:
- Detecciones en inspecciones de rutina.
- Informes técnicos o estadísticos de sistemas internos del MTESS e IPS (por ejemplo, reportes reiterados de accidentes).
- Auditorías internas o externas.
- Denuncias mediáticas verificables, incluidas las redes sociales.
Esto significa que la data de accidentabilidad de su empresa y su reputación digital son hoy potenciales disparadores de una inspección de insalubridad o peligrosidad.
El proceso: ¿qué debe preparar la empresa?
El nuevo manual es metódico. Una vez iniciada la solicitud, el proceso sigue estos pasos:
1. La carga de la prueba recae en la empresa
La solicitud de declaración no puede ser genérica (por ejemplo, “toda la fábrica”); debe estar delimitada a sectores, áreas o puestos específicos.
Al iniciar el proceso, la solicitud debe incluir la Evaluación de Riesgos Laborales (Matriz de Riesgos) firmada por el técnico de seguridad y salud de la empresa. Si la solicitud la presenta un trabajador y no la posee, el MTESS la exigirá al empleador.
2. Inspección técnica conjunta
La Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional (DSSO) determina si la solicitud es pertinente. De serlo, se emite una Orden de Inspección (OIF). La inspección la realizan la DSSO y la Dirección General de Inspección y Fiscalización (DGIF).
3. El rol del Ministerio de Salud
En cumplimiento del artículo 198 del Código del Trabajo, el MTESS solicitará asesoramiento técnico al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS).
Dato clave: el informe del MSPyBS es un insumo técnico de referencia, pero no es vinculante para la decisión final del MTESS.
4. Resolución final del MTESS
La DSSO y la DGIF elaboran un informe técnico conclusivo. Basado en este documento, la máxima autoridad institucional dicta la resolución final que declara (o no) la insalubridad o peligrosidad del área evaluada.
Consecuencias prácticas para su empresa
Aquí es donde la resolución tiene un impacto directo en la operación y las finanzas. Si un área es declarada insalubre o peligrosa:
1. Aplicación de la jornada reducida (art. 198)
La consecuencia más severa es la activación del artículo 198 del Código del Trabajo: la jornada laboral en esa área no podrá exceder de 6 horas diarias o 36 semanales, pero el salario debe ser correspondiente a la jornada normal de 8 horas.
2. Plan de acción obligatorio (plazo de 12 meses)
La resolución no solo sanciona, también exige corrección. El empleador está obligado a implementar medidas correctivas y preventivas.
El manual establece una jerarquía de controles que debe seguirse:
- Eliminación del riesgo.
- Sustitución.
- Controles técnicos o de ingeniería.
- Controles administrativos (rotación, señalización, procedimientos).
- Equipos de protección personal (EPP) como última barrera.
El empleador tiene un plazo máximo de 12 meses para implementar estas medidas y presentar un informe técnico que demuestre la desaparición de las causas.
3. Creación del Registro Nacional
La resolución crea el Registro Nacional de Instituciones o Empresas Declaradas como Insalubres o con Peligrosidad. Este registro será público. Ser incluido en esta lista implica un riesgo reputacional significativo frente a clientes, inversores y talento.
4. Vigencia y sanciones
La declaración de insalubridad tiene una vigencia inicial de 12 meses. Al vencer, el MTESS realizará una nueva verificación para levantarla o prorrogarla.
Si el empleador no implementa las medidas correctivas en el plazo, el Ministerio puede dictar la suspensión del sector o actividad y aplicar multas.
Recomendación Avanzia Legal: de la reacción a la proacción
Esta normativa exige que las empresas dejen de ver la seguridad ocupacional como un simple cumplimiento de EPP. Ahora es un pilar estratégico y basado en datos.
En Avanzia Legal recomendamos un enfoque proactivo alineado con nuestra visión de innovación y eficiencia:
- Auditoría de cumplimiento (gap analysis): revisar inmediatamente las matrices de riesgo. ¿Están actualizadas? ¿Reflejan la realidad de cada puesto?
- Digitalización de SST: utilizar tecnología para monitorear indicadores de seguridad (tasas de incidentes, reportes de EPP). Son los mismos datos que el MTESS usará para fiscalizar de oficio.
- Revisión de medidas de control: asegurarse de que las medidas de mitigación cumplen con la jerarquía de controles (eliminación > sustitución > EPP).
La Resolución 904/2025 es una señal clara: la fiscalización laboral se está volviendo más técnica, más rápida y más inteligente.
¿Su empresa está preparada para esta nueva era de fiscalización? En Avanzia Legal combinamos la experiencia legal tradicional con herramientas tecnológicas para asegurar que sus políticas laborales no solo cumplan, sino que otorguen una ventaja competitiva.
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