Resolución MTESS 915/2025: Cambios Clave en la Inscripción Patronal para Empresas
Análisis detallado de la Resolución MTESS N° 915/2025, que modifica aspectos cruciales de la inscripción patronal y la comunicación de trabajadores independientes establecida en la Res. 991/2024. Conoce el nuevo carácter voluntario y los incentivos para empleadores.
Especialistas en Derecho Laboral y Corporativo
Resolución MTESS 915/2025: Cambios Clave en la Inscripción Patronal para Empresas
Recientemente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) ha emitido la Resolución N° 915/2025, la cual introduce modificaciones significativas al reglamento de inscripción patronal establecido por la Resolución N° 991/2024. Estos ajustes responden a las solicitudes de diversos gremios de empleadores y buscan una implementación gradual de ciertas obligaciones, afectando principalmente la comunicación de entrada y salida de personal no dependiente.
Desde Avanzia Legal analizamos los puntos clave de esta normativa para que las empresas puedan comprender sus implicancias y ajustar sus procedimientos internos de manera informada.
El Cambio Principal: De Obligatorio a Voluntario
¿Qué establecía la norma original?
La Resolución 991/2024 imponía a los empleadores la obligación de comunicar en el Registro Obrero Patronal (REOP) la entrada y salida de:
- Trabajadores independientes.
- Trabajadores extranjeros temporales.
- Personal de cooperativas de trabajo asociado.
- Personal tercerizado, contratistas o subcontratistas.
Esta comunicación era mandatoria siempre que dichas personas prestaran servicios de forma habitual (al menos 12 horas semanales o 48 mensuales) en el establecimiento del empleador.
¿Qué establece la nueva Resolución 915/2025?
La Resolución 915/2025 modifica este punto crucial y establece que la comunicación de entrada de este grupo de trabajadores pasa a tener carácter voluntario.
"En carácter voluntario, las empresas podrán comunicar la entrada de los trabajadores independientes... La voluntariedad para la comunicación de entrada regirá hasta tanto se dicte el acto administrativo que regule específicamente esta cuestión" (Artículo 4°, Anexo N° 2).
Este cambio suspende temporalmente la obligatoriedad, otorgando a las empresas un período de adaptación sin riesgo de sanciones por omisión en este punto específico.
Incentivo por la Comunicación Voluntaria
Para fomentar que las empresas mantengan buenas prácticas, la Resolución 915/2025 establece un beneficio directo para quienes decidan comunicar voluntariamente la información de su personal no dependiente.
Según el Artículo 4° de la nueva norma, los empleadores que mantengan actualizada la "planilla de personal no dependiente" en el sistema REOP estarán exonerados del costo del arancel del Certificado de Cumplimiento Laboral. Se trata de un incentivo tangible que promueve la formalización y la transparencia en las relaciones laborales.
Ampliación del Plazo para la Comunicación del Aguinaldo
Otro cambio práctico y beneficioso para la gestión administrativa es la modificación del plazo para comunicar el pago del aguinaldo.
- Plazo anterior (Res. 991/2024): La comunicación debía realizarse dentro de los primeros cinco días hábiles de cada año.
- Nuevo plazo (Res. 915/2025): La comunicación podrá efectuarse desde la fecha de pago hasta los primeros diez días hábiles del año siguiente.
Esta extensión ofrece un margen más amplio para que los departamentos de Recursos Humanos y Contabilidad cumplan con sus obligaciones sin apremios.
Conclusión: ¿Qué deben hacer las empresas?
La Resolución MTESS N° 915/2025 introduce dos cambios fundamentales que los empleadores deben considerar:
- Comunicación voluntaria: La obligación de registrar a trabajadores independientes y tercerizados en el REOP queda suspendida temporalmente, pasando a ser una acción voluntaria con el incentivo de la exoneración del arancel del Certificado de Cumplimiento Laboral.
- Más tiempo para el aguinaldo: Se duplica el plazo para comunicar el pago del aguinaldo, facilitando la gestión administrativa anual.
Desde Avanzia Legal recomendamos evaluar la conveniencia de acogerse a la comunicación voluntaria para aprovechar el incentivo ofrecido y mantener un registro ordenado que promueva la transparencia. La correcta interpretación y aplicación de estas normativas es clave para una gestión de cumplimiento eficaz y para evitar contingencias futuras.
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